El proyecto de Ley del Régimen Laboral y Previsional del Actor/Intérprete, presentado por la Presidente de La Nación Cristina Fernández de Kirchner, reconoce a los actores y actrices como trabajadores con derechos laborales y previsionales, y será presentado en el Congreso para su aprobación.

Esta iniciativa, que responde a un histórico reclamo, viene a dar el marco jurídico adecuado a las particularidades que revisten las actividades de los actores, actrices, intérpretes y también de los que trabajan detrás de escena, en lo que refiere a la seguridad social, el reconocimiento del carácter discontinuo de los servicios que prestan, y establece normas que garantizan los derechos de igualdad social.

Es el carácter discontinuo del trabajo del actor el que genera precisamente que tenga características propias, reguladas en los Convenios Colectivos de Trabajo. Al trabajar en períodos de tiempo alternados, es habitual que las actividades se concentren en períodos cortos e intermitentes, con uno o varios empleadores.

Lo primero que prevé el proyecto de ley es reafirmar, al igual que con el resto de los trabajadores, la existencia de la relación laboral y la aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, tanto en los derechos individuales como en las modalidades de contratación.

Esta reafirmación de la relación de trabajo asegura la cobertura de todos los subsistemas de seguridad social: Salud, Asignaciones Familiares, Desempleo, Riesgos de Trabajo, y uno de los más ansiados: el derecho a la jubilación, y también al retiro por invalidez y pensión.

El espíritu de la Ley es establecer un marco regulatorio que permita brindarle estabilidad obligando a que se realicen contratos de forma escrita. El contrato laboral deberá ser presentado en la Asociación Argentina de Actores por parte del contratante.

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